La medida cautelar, dictaminada por el magistrado Ramón Gimeno Lahoz, suspende «cautelarmente la movilidad geográfica» de los trabajadores y el magistrado valora que la movilidad geográfica de la que se trata -250 kilómetros- es una situación «tremendamente perturbadora» para cualquier trabajador.
Se aborta así, de forma temporal, la decisión de trasladar a la ciudad vallisoletana su plantilla de Cantabria, integrada por 152 empleados, a partir del próximo 1 de octubre, hasta que no se haya resuelto la demanda por conflicto colectivo interpuesta por los sindicatos y el juicio correspondiente programado el 28 de octubre.
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